Comisiones Obreras de la Región de Murcia | 25 abril 2024.

1 DE MAYO 2024

¿Que efectos produce a las personas trabajadoras, en relación a las adjudicaciones de los servicios de limpieza por parte de las Administraciones Públicas?

  • El Secretario General de la Federación de Construcción y Servicios, Juan Fernandez, asi como Jose Canovas, Adjunto a dicha Secretaria, han dado respuesta en rueda de prensa a dicha pregunta.

Las Administraciones Públicas en general y en especial, Servicio Murciano de Salud y el Ayuntamiento de Murcia, se saltan todos los criterios establecidos en el pacto de estabilidad en el empleo, que estaba en vigor hasta la fecha, la estrategia regional de calidad en el empleo firmada recientemente y la normativa europea a la hora de la adjudicación de los servicios a empresas privadas.

09/01/2017.

El Servicio Murciano de Salud y el Ayuntamiento de Murcia, recientemente han adjudicado limpieza de colegios, de centros de salud y otra dependencias por debajo de los costes laborales, es decir, el dinero por el que se adjudica el trabajo a realizar no cubre los gastos de nomina y de seguridad social de las personas que trabajan en el servicio, hay que decir que además de los costes laborales las empresas de estas adjudicaciones, tienen que aportar los gastos de estructura maquinaria, materiales, instalaciones, gestión etc. .
En los mencionados pliegos de condiciones el SMS y el Ayuntamiento saltándose los propios criterios de condiciones administrativas establecidos, tanto por la Comunidad Autónoma como por la Unión Europea establecen que: “En su caso, los criterios objetivos que deban ser valorados para determinar si las proposiciones no pueden ser cumplidas por ser consideradas temerarias o desproporcionadas, en especial cuando la oferta se realice por debajo de los niveles de retribución fijados en los correspondientes Convenios Colectivos, y que figurarán en el Apartado 17 del Cuadro de Características.” De lo que se desprende que se establece la baja temeraria cuando la baja este por debajo de los costes laborales, tal como viene defendiendo CCOO tanto en el dialogo social como en su propuesta de las distintas consejerias.
Otro criterio para la baja temeraria es, se produce cuando la oferta esta por debajo de un 10% de la media del total de las ofertas realizadas.
Sin embargo las administraciones y en especial la Consejeria de Hacienda, el Servicio Murciano de Salud, el Ayuntamiento de Murcia y la Consejeria de Educación, están dando plazos a las empresas que se presentan en baja temeraria para justificar lo injustificable en algunos casos con 300,000 € año por debajo de los costes laborales.
Cuando las empresas se meten por debajo de los costes laborales lo que sucede a continuación es que empiezan a tomar medidas como por ejemplo: los recortes de jornada, salario, amenazas de despido (y para que no se produzcan despidos, reduciendo jornada laboral y salario, cambiando a las trabajadoras de centro de trabajo para continuación obligarle a trabajar mas metros de los que dicen los pliegos y de lo que venían haciendo, aumentando la carga de trabajo).
En los pliegos se establecen que cualquier ausencia del trabajo, como pueden ser bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, etc., hay que sustituirlas desde el primer día. CCOO tiene constancia de bajas de varios meses y permisos sin ser sustituidos, con lo que esta sucediendo dos cosas: Con el dinero publico se están pagando unas sustituciones que no se realizan y el único beneficiario es la empresa y por otro lado se esta sobrecargando a las trabajadoras que quedan en el centro, bajando la calidad del servicio y llevando por tanto a incrementos de las bajas por enfermedad.
CCOO tiene constancia que estas situaciones son conocidas por las distintas administraciones implicadas, sin embargo no tenemos información de ninguna actuación por parte de estas administraciones cumpliendo el pliego de condiciones. ¿Puede haber connivencia entre administraciones y empresas?